Filosofía y valores

 

Terranova Legal constituye la plataforma material de prestación de servicios jurídicos personales, es un Bufete, cuya actividad y misión, es la ayuda legal a personas, familias, empresas, instituciones y entidades, que demanden servicios de asesoramiento, defensa, asistencia y orientación legal en la mayor parte de las materias del tráfico jurídico.

 

En los asuntos en los que nuestra especialización requiera la asistencia de apoyo de profesionales asociados internos o externos, nuestra experiencia y conocimientos se verá complementada con los mejores profesionales, para acaparar las mejores y mayores condiciones de eficiencia en la asistencia legal.

 

 

En el ejercicio de su actividad, todos y cada uno de los profesionales de Terranova Legal están obligados al estricto cumplimiento de las normas deontológicas que, aprobadas por sus respectivos Consejos y Colegios, que en sus respectivos casos regulen la práctica profesional. A su vez y asumen y reconocen como propios, mediante su aceptación libremente consentida, los valores y principios recogidos en el presente Código.

 

 

El valor y compromiso como entidad de asistencia legal, es el cumplimiento de las normas en los distintos cometidos profesionales que nuestros clientes nos encomienden.

 

Filosofía y valores

Compromiso con cada cliente del bufete.

 

Nuestro Bufete está destinado al cliente, a prestar un servicio a las personas y a las organizaciones y empresas que nos encomiendan ejecutar la labor jurídica, en cualquiera de sus campos, en cualquier dimensión y bajo estrictas condiciones de sometimiento al principio de legalidad.

 

Nuestro compromiso de servicio busca la excelencia y ello significa hacer de cada gestión un pulso para prestar el servicio profesional al más alto nivel de calidad, lo que implica no sólo una exigencia de rigor técnico en la actuación, sino también y de manera ineludible: una dedicación constante a cada cliente y cada asunto que se nos encomiende. Desarrollar conocer y entender, de la forma más completa y plena posible, los objetivos y necesidades del cliente, facilitándole, en cada momento, las soluciones más adecuadas, a sus necesidades y a su defensa jurídica.

 

 

Un firme compromiso con los intereses más eficaces desde la óptica jurídica del cliente y con la defensa de los mismos. Ello implica de forma muy especial, la satisfacción del cliente en lo que a la valoración y percepción de nuestros servicios profesionales se refiere, pero además la contribución por las causas justas, por la justicia y la equidad.

 

 

Esta vocación de servicio a los clientes y a sus causas, nos exige, a su vez, mantener siempre una actitud abierta y sensible a las sugerencias que transmita el cliente y sobre las conclusiones que se obtengan desde una perspectiva técnico-jurídica, de la información que facilite el cliente al Bufete, con una permanente disposición a adoptar cuantas actuaciones fuesen precisas para corregir posibles deficiencias o errores. Y en su consecuencia, para introducir las mejoras pertinentes en la actividad profesional de nuestro Bufete.

Nuestra misión: 

un servicio personal de calidad.

 

Pretendemos asesorar con eficacia y para ello tenemos un serio compromiso con el destino de nuestros servicios: la personalización y la calidad.


Para asegurar altos niveles de calidad en el servicio, nuestros abogados y el resto del personal del Bufete se compromete con un plan de formación jurídica y técnica permanente, tanto en el ámbito de sus respectivas especialidades, como en el plano estrictamente personal, así como en el desempeño de labores internas de reciclaje profesional y de la adecuada supervisión de aquellos compañeros que, con menor experiencia profesional, colaboren con los directores de área o de Bufete en un concreto encargo profesional.


 

Asimismo, este compromiso con la personalización y la calidad, implica poner siempre a disposición del cliente y de todos los profesionales del Bufete, todos los instrumentos tecnológicos que sean precisos para adecuar el conocimiento a los asuntos y que hagan posible una comunicación fluida y que faciliten la más ágil y eficaz prestación de los servicios solicitados.

 

 

En Terranova Legal dispondrá de las normas y de los procedimientos internos adecuados que permitan asegurar la máxima calidad en la prestación de sus servicios y estará a la vanguardia en la disposición y utilización de cuantas técnicas contribuyan a mejorar los controles internos de calidad.

 

Principios de la asesoría y la asistencia legal

 

Los valores de nuestro Bufete deben ser protegidos por principios en el desarrollo de nuestra actividad jurídica, necesarios no sólo para el derecho de defensa y servicio al cliente, sino, también, para la tutela de los intereses del propio Bufete y de todos sus profesionales, jurídicos o auxiliares.

 

Además de observar rigurosa y estrictamente los principios éticos y deontológicos que regulan la actividad profesional del Bufete, los profesionales de Terranova Legal, estarán permanentemente inspirados en los siguientes principios en la actuación profesional:

 

La permanente actuación justa y la búsqueda insistente de la equidad en todas nuestras actuaciones, harán de nuestro trabajo y de los resultados obtenidos a favor de nuestros clientes, un ejemplo de rectitud y nos orgullecerán tanto al Bufete como a nuestros clientes. 

 

Debemos ser razonables y flexibles, pero sin cesar en la idea permanente de la justicia y del cumplimiento del deber. 

 

No respetaremos la falacia en el argumento, ni la escapada en el testimonio, y bajo estos cánones de respeto por la honradez, seremos acreedores de los mejores valores para los clientes, los otros profesionales del derecho y para nuestro propio sentido de la responsabilidad como entidad jurídica. Un juicio recto y sano de las decisiones ilustrarán nuestro compromiso de rectitud, por lo que con este equipaje trasladaremos a nuestros adversarios legales un inquebrantable sentido del respeto hacia un propósito justo. 

 

Aspiramos a merecer la plena confianza de nuestros clientes, de los compañeros de profesión, de la Administración de Justicia, y, en definitiva, de la sociedad en la que prestamos un servicio. Como conocedores del Ordenamiento Jurídico español, nuestro compromiso con las normas, ilustrarán nuestro trabajo de asesoramiento eficiente a nuestra clientela. 

 

La principal expresión de este principio lo constituye la preeminencia de los legítimos intereses del cliente sobre cualquier otro objetivo, pero con la Ley como condición inexcusable. Los valores de la Constitución Española, de los Derechos del Hombre declarados universalmente, de los Derechos del Ciudadano y de los Derechos de protección de la Infancia, iluminan nuestras actuaciones, con pleno servicio al desarrollo eficaz de la convivencia ordenada en un Estado de Derecho. 

La protección del Medio Ambiente y la legislación especial en materia de protección de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, sirven de permanente aliciente e informa de manera prioritaria nuestra labor. 

 

La independencia ideológica, política y orgánica, constituye el principio básico del efectivo derecho de defensa del cliente y de la calidad del asesoramiento profesional. Nuestra declarada independencia, tanto de juicio como de acción , nos sirve para orientar plenamente, en beneficio del cliente, la capacidad profesional sin limitación o restricción mental alguna, todo ello sin perjuicio de la necesaria coordinación de una opinión legal del Bufete en temas de estricta naturaleza jurídica y al objeto de evitar discrepancias que puedan confundir al cliente. 

 

Todos los profesionales del Bufete declaran la abstención de participar en asuntos en los que, de forma directa o indirecta, puedan verse afectados sus intereses personales, familiares o los de personas pertenecientes a su círculo de amistades íntimas. Asimismo, y en el ámbito institucional, el Bufete Terranova Legal excusará su participación en cualquier asunto que conlleve un conflicto o colisión de intereses con otro ya aceptado. 

 

Los profesionales de Terranova Legal aplicarán y seguirán, sin excepción, los procedimientos que permitan analizar la situación de independencia antes de proceder a la aceptación de un nuevo encargo o asunto profesional. En Terranova Legal, la formación permanente de sus profesionales, no sólo como presupuesto imprescindible para conseguir la calidad técnica exigida a su asesoramiento legal, sino, también, como un instrumento necesario e ineludible para el pleno desarrollo y la promoción profesional de aquéllos. 

 

Nuestros conocimientos no sólo constituyen un principio básico en la gestión de los asuntos técnicosencomendados por la clientela, sino, también, una obligación personal de todos y cada uno de sus profesionales, los cuales deben aspirar a la especialización, a profundizar en el conocimiento técnico, a acrecentar sus experiencias y a difundir uno y otras.

 

Nuestros Abogados están en permanente formación y reciclaje, al día de cuantas novedades normativas, científicas y jurisprudenciales destacadas se divulgan; llevando un permanente bagaje en el campo de la practica jurídica general y especializada, y desarrollando un permanente cambio de impresiones entre los expertos, los temas jurídicos complejos para formar una opinión autorizada.

Nuestra firma se encuentra inspirada por razones formales, y también por compromiso institucional en el principio de legalidad que informa nuestro Ordenamiento Jurídico, y también sirve de pilar básico de la arquitectura jurídica de nuestro Estado de Derecho. Por ello, todas nuestras actuaciones profesionales, desde la primera consulta gratuita y hasta la última de las intervenciones en un litigio jurisdiccional en el que nuestros Letrados y el personal de apoyo participa, están basadas en el escrupuloso cumplimiento de las normas legales y del resto de imperativos que traen razón en el Ordenamiento Jurídico Español. 

 

Toda la normativa que resultase de aplicación a cada uno de los asuntos que nuestros clientes nos interesan, es tratada con la necesaria verificación de vigencia y de aplicabilidad normativa a las pretensiones extrajudiciales o procesales de nuestros clientes. En caso de encontrarse divergencia interpretativa o colisión de intereses normativos, será de aplicación la norma cuyo literal o espíritu ofrezca mayor seguridad jurídica al acto o asunto, o en su caso, legitime con una mayor fortaleza los intereses de nuestros representados. 

 

Nuestro Bufete, Terranova Legal, se encuentra capacitado para ejercer en todas las ramas del derecho, y dispone de todas las autorizaciones necesarias para servir de plataforma física a las actuaciones y acciones legales en defensa de nuestros clientes en todos los ámbitos que resultasen de necesaria aplicación o cobertura esa legitimación. Además, nuestro personal jurídico se encuentra capacitado para ejercer en el ámbito de la Comunidad de Madrid, y dispone de capacitación para hacerlo extensivo a todo el territorio nacional. 

 

Nuestros Abogados son ejercientes en el Colegio Profesional correspondiente, y todas las actuaciones profesionales se establecen bajo un marco de cumplimiento de las normas deontológicas de la Abogacía Española, establecidas por las normas de Deontología Profesional y control de la actividad forense del Abogado.

 

 No entendemos la deontología como una norma ética o de buen trato, sino como una exigencia del Estado de Derecho. Todas nuestras actuaciones profesionales se encuentran sometidas a un Encargo de Asunto Profesional en el que se recogen las obligaciones del Letrado y del Bufete y también las del Cliente, y bajo cuyo ordenamiento contractual se desarrollan ambas esferas de derechos y obligaciones durante la relación entre la firma Terranova Legal y cada cliente. 

 

El Estatuto General de la Abogacía, aprobado mediante Real Decreto 658/2001, de 22 de junio, que sustituye al RD 2090/1982, de 24 de julio, a su vez modificado por la Asamblea de Decanos de los Ilustres Colegios de Abogados de España el día 28 de junio de 1996, al adoptar diversos acuerdos al amparo de la Ley 5/1996, de 7 de junio, de Medidas Liberalizadoras en materia de Colegios Profesionales, nace del Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia suscrito en 2001, y sirve de marco competencial en el ejercicio libre de la profesión letrada. 

 

Además el Código Deontológico de la Abogacía, aprobado por el Pleno del Consejo General de la Abogacía Española en su sesión de 30 de julio de 2000, junto con el Código de Deontología de los Colegios de Abogados de la Unión europea, aprobado por el Consejo Consultivo de los colegios de Abogados de la Comunidad Europea el día 28 de octubre de 1998, y modificado posteriormente el 6 de diciembre de 2002, sirven de amparo normativo al resto de las actuaciones colegiadas de la profesión letrada, y por ende del servicio integrado en normas profesionales integradas en un conjunto normativo a favor de nuestros clientes y sus derechos.

La firma Terranova Legal, así como todas las personas que participan en la gestión de los servicios legales que se prestan en la plataforma virtual y física de la entidad consultora en cualesquiera de sus estamentos y departamentos de gestión o asistencia, son independientes y no se encuentran vinculados a razón, organización, partido, institución alguna, o sección de cualesquiera de las anteriores, ni satisfacen prestación ideológica alguna que pervierta o altere las condiciones de integridad y neutralidad en la toma de decisiones de trascendencia jurídica a favor de los intereses de nuestros clientes y en el desarrollo, gestión, tramitación y defensa de los asuntos que se nos encomiendan. 

 

La independencia tan sólo tiene sus limitaciones en el principio de legalidad y en la defensa de los valores éticos que inspiran la actuación tanto de la firma como organización, como de cada uno de sus integrantes en el desarrollo de las funciones cotidianas de defensa legal de nuestros clientes. 

 

A fin de mantener el principio de independencia, y la integridad de los referidos principios de legalidad y de ética profesional, se estará a lo dispuesto en los artículos 13.4 y ss. del Código deontológico de la Abogacía en materia de “Conflicto de Intereses”, para garantizar, además de la fidelidad en la relación abogado-cliente, y la confianza en la relación profesional entre ambos, con mantenimiento íntegro del principio intuito personae que inspira su relación, nuestra firma, Terranova Legal, ni los Letrados adscritos a ella aceptarán la defensa de intereses contrapuestos con el defendido, y rechazarán actuaciones en contra de quienes sean clientes de forma directa de la firma o el Bufete. 

 

Tampoco se aceptarán por el Bufete o en los servicios de la firma encargos contra un anterior cliente, cuando existiese riesgo de quebrantamiento del secreto profesional, o pudiera resultar beneficio para el nuevo. 

 

En caso de conflicto sobrevenido entre clientes de la firma o el Bufete, la firma se reserva el derecho a renunciar a la defensa. En procesos de naturaleza matrimonial, en caso de operar un asesoramiento previo a una de las partes en conflicto, se establecen los límites de asunción de la defensa sobre información personal, y por tanto confidencial, sin perjuicio de los casos de intervenciones de mediación familiar. Se considerará conflicto de intereses todos aquellos en los que pudieran confundirse los intereses o derechos propios del Bufete o de alguno de sus Abogados, con los propios del cliente. 

 

No obstante lo anterior, en aplicación de lo dispuesto en el articulo 542 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, artículo 33 del Estatuto General de la Abogacía y artículo 2 del Código Deontológico del Abogado, el abogado tiene derecho a rechazar injerencias en el trabajo profesional y a no autorizar perturbaciones en el mismo, y por ello a optar en la dirección letrada de los asuntos, las mejores estrategias que le resulten de aplicación, y los medios probatorios que el abogado considere más eficaces. El Abogado dispondrá de las siguientes prerrogativas: Libertad de aceptar o rechazar asuntos. 

 

Libertad para renuncia a la defensa en los casos tasados por las normas deontológicas aplicables. Libertad de defensa bajo la dirección del abogado en el proceso extrajudicial o procesal. Libertad de expresión como derecho a la inmunidad en el ejercicio de la defensa.

El cliente dispone del legítimo derecho de obtener del Abogado el estado de su asunto, con información detallada del estado general del encargo. La documentación que obra en poder del Letrado será aquella necesaria para el desarrollo de la práctica forense del abogado, por lo que las expediciones de copia de los documentos de los expedientes, se extenderán en aplicación de las obligaciones de información y comunicación al cliente del artículo 13.9 del Código Deontológico del Abogado, a todos aquellos documentos que sean trascedentes al interés del cliente. 

 

El conocimiento del Ordenamiento Jurídico no sólo se le presupone al Abogado por estar en disposición de las licenciaturas universitarias y de mantener en alta la colegiación profesional. En la firma Terranoval Legal somos conscientes de la complejidad normativa, de su constante y acelerada evolución, de la permanente aplicación de nuevas normas legisladas en la Unión Europea y que resulta de directa aplicación en nuestro Ordenamiento Nacional, o del propio Estado, las Comunidades Autónomas, o incluso de las Entidades Locales. 

 

Y además de esta complejidad normativa por su volumen y su naturaleza viva y mutante, la interrelación jurídica que se desprende de cada supuesto de hecho y de cada asunto encomendado por nuestros clientes, exige que los profesionales del derecho dispongan de un conocimiento teórico y práctico de todas las materias vivas y de su imbricación de unas con otras, lo suficientemente nutrido como para servir eficazmente a las necesidades de asesoramiento y defensa de nuestros clientes. 

 

Es por ello por lo que las materias de nuestra intervención jurídica no son todos aquellos que la realidad del tráfico jurídico entre personas, empresas, instituciones y organismos de todo tipo pudieran generar, sino que se encuentra limitada a aquellas parcelas de la realidad legal en la que somos expertos, estamos especializados, o disponemos de la nutrida y contrastada experiencia suficiente como para asegurar unos altos niveles de calidad en nuestra intervención. 

 

Además de esta especialización en los campos que nuestra oferta de servicios expone, disponemos de un Equipo Consultivo formado por expertos en las diferentes materias del Derecho que viabilizan cualquier asunto de trascendencia jurídica que nuestra clientela nos solicite. No obstante, disponemos de despachos asociados en la práctica totalidad del territorio nacional cuya especialización sectorial o territorial pudiera ofrecer cobertura a necesidades específicas que el Bufete pudiera requerir para complementar la asistencia legal en toda su dimensión o ámbito de conocimiento de aspectos formales, normativos, técnicos, forenses, periciales, jurisprudenciales o de otra naturaleza. 

 

El conocimiento sirve de base integral a nuestro trabajo, y por ello disponemos de todas las ediciones de publicación legislativa y jurisprudencial que sirven a la práctica del Derecho. Disponemos de una extensa Biblioteca Jurídica al servicio de nuestros abogados, que afianzan todos los accesos digitales a la información y actualidad jurídica, que se está permanentemente complementado con doctrina y opinión de la realidad legal en todos los campos y materias. 

 

Además, nuestra firma publica periódicamente artículos de opinión sobre materias de interés jurídico en los distintos campos de especialización de nuestros Abogados tanto en los soportes digitales de internet, como en otros medios, soportes y plataformas de información jurídica.

Tanto el secreto profesional, como el sigilo en la información facilitada por nuestros clientes, constituyen, al tiempo que derechos, deberes inalienables de los profesionales de Terranova Legal y alcanzan a todos los hechos o noticias que conozcan por razón de cualquiera de las modalidades de su actuación profesional.

Este deber de secreto comprende tanto a los asuntos en que intervenga cada profesional como a los del resto de los profesionales del Bufete, quienes deberán hacer respetar este principio deontológico a todo el personal del mismo que colabore en la actividad profesional. 

 

El compromiso afecta a todos los niveles del Bufete, y los protocolos de sigilo afectan a cada uno de los intervinientes en un asunto, en cualesquiera de sus fases o aspectos.